Renta 2024: novedades y deducciones para inversores

Renta 2024: novedades y deducciones para inversores. Tax Return 2024: Updates and Deductions for Investors. Déclaration de revenus 2024 : déductions pour les investisseurs. Dichiarazione dei redditi 2024: novità e detrazioni per gli investitori. Steuererklärung 2024: Neuerungen und Abzüge für Investoren.

Renta 2024: novedades y deducciones para inversores

El mes de abril trae, como cada año, una nueva campaña de la declaración de la renta. Para poder presentarla de forma correcta y evitar retrasos o posibles sanciones, es indispensable conocer no sólo los plazos para hacerlo, sino también todas las novedades o actualizaciones que nos puedan afectar, ya sea negativa o positivamente, con la posibilidad de aplicar alguna deducción. 

Este año la campaña da su pistoletazo de salida oficial el día 2 de abril, pudiendo presentar la declaración hasta el 30 de junio o, en su caso, hasta el 25 de junio si se opta por domiciliar el primer pago. Además, el 29 de abril se abre el periodo para poder solicitar cita previa de forma telefónica y, un mes más tarde, ya se podrá pedir para realizarla de forma presencial. 

Principales novedades de la declaración de la renta 2024 a tener en cuenta

  • Pago mediante Bizum. Partiendo de las nuevas necesidades de digitalización, una de las principales modificaciones más significativas que surgen este año es la posibilidad de realizar el pago de la declaración de la renta a través de Bizum, uniéndose a los formatos tradicionales de pago y permitiendo que el proceso se realice con mayor rapidez y facilidad.
  • Autoliquidación rectificativa. Dedicada a corregir errores en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), esta nueva figura se conformará como sistema único de modificación, de forma que no será necesario que la Agencia Tributaria resuelva una solicitud previa, permitiendo así agilizar los trámites.
  • Obligatoriedad de declaración. La renta 2024-2025 incluye la no obligación de declarar cuando nuestros ingresos no superen los 22.000 euros, si solo hemos tenido un pagador, o 15.876 euros, correspondiente al Salario Mínimo Interprofesional, cuando se haya tenido más de un pagador y los rendimientos obtenidos por los pagadores adicionales no superen los 1.500 euros. Sin embargo, sí será obligatoria la declaración a aquellos contribuyentes que se han beneficiado de prestaciones por desempleo, independientemente de la cantidad que se haya obtenido.  
  • También, con la entrada en vigor de la nueva Directiva AC7, Hacienda incluye en esta campaña la obligatoriedad de declarar las ventas en plataformas de segunda mano (Wallapop, Vinted o eBay, entre otras) si se superan los 2.000 euros anuales o se realiza más de 30 operaciones en el mismo año. Por tanto, si se supera alguno de los dos límites, habrá que incluir estas ganancias en la declaración.
  • Ayudas por la DANA de Valencia. La Agencia Tributaria ha aprobado diferentes medidas para facilitar la recuperación de las zonas afectadas por la tragedia del pasado octubre. Entre ellas, destaca la exención de la tributación de las ayudas recibidas por los daños materiales, incluidas aquellas indemnizaciones del Consorcio de Compensación de Seguros. Por otro lado, los afectados tampoco tendrán que tributar por las ayudas derivadas de daños personales las derivadas de un desalojo temporal o permanente de la vivienda habitual de o de un local comercial.  
  • Mejoras en la deducción por donativos. Con la actualización, los contribuyentes podrán deducirse el 80% sobre los primeros 250 euros de donativos, 100 euros más que en campañas exteriores.
  • Desgravaciones por compra de coche eléctrico. Aquellas personas que hayan adquirido y matriculado un coche eléctrico entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024 podrán disfrutar de una deducción del 15% del valor de adquisición con un máximo de 3.000 euros. Además, se puede optar a otra deducción del 15% en caso de instalación de un punto de carga con un límite de 4.000 euros.
  • Deducción en obras por la eficiencia energética. Este tipo de deducciones se aplicarán cuando se haya efectuado una obra de mejora del consumo de la calefacción o en el consumo de energía primaria no renovable. En el primer caso, se deduce un 20% hasta un máximo de 5.000 euros y, en el segundo caso, un 40% hasta un máximo de 7.500 euros. Además, existe otro tipo de deducción de hasta un 60% sobre 5.000 euros sobre las obras de rehabilitación energética en edificios de uso residencial. Éstas afectan únicamente a aquellos propietarios de viviendas habituales o de viviendas en alquiler o en expectativa de alquiler, siempre que la vivienda se haya alquilado antes del 31 de diciembre de 2025.
  • Otras deducciones referentes a vivienda. En esta campaña, entran en vigor nuevas deducciones como las derivadas de los rendimientos del alquiler de inmuebles a partir del 1 de enero de 2024 si es la vivienda habitual del inquilino.  

Principales novedades y deducciones fiscales para startups y fintechs

Con la nueva aplicación de la ley de startups, el ecosistema emprendedor también ha experimentado cambios y alteraciones que pueden resultar interesantes a nivel fiscal, tanto para sus fundadores como para las personas que invierten en ellas. Aunque algunas de estas deducciones entraron en vigor en la pasada campaña, hay novedades a tener en cuenta en la renta 2024-2025:

  • Deducción por inversión en desarrollo e investigación. Aquellas startups que realicen actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica (I+D+i) pueden beneficiarse de deducciones de hasta casi el 70% sobre los gastos e inversiones, además de sobre los gastos del personal investigador.
  • Desgravación por inversión en startups. La inversión que se haga en empresas de nueva o reciente creación permite una deducción en el IRPF. Además, se añade una ampliación de la base máxima de deducción por inversión de 60.000 a 100.000 euros anuales.
     
  • Reducción sobre el impuesto sobre sociedades (IS) para empresas de nueva creación. Durante los primeros cuatro años de actividad, este tipo de compañías pueden pagar únicamente un 15% en lugar de un 25% del IS. Este tipo de reducción se aplica desde el momento en el que la empresa comience a obtener beneficios y siempre y cuando la compañía no pertenezca a ningún grupo empresarial o grupo de sociedades. 

Claves para maximizar el ahorro fiscal

Planificar nuestra declaración de la renta y no aceptar de forma automática el borrador puede permitirnos ahorrar y pagar menos o recibir una devolución mayor.  Lo ideal es poder contar con un asesor fiscal que realice la declaración por nosotros, pero si no es factible es importante tener en cuenta:

  • Conocer las deducciones autonómicas. Cada región plantea una serie de deducciones concretas que se pueden consultar en la página oficial de la Agencia Tributaria.
  • Planes de pensiones. Muchos contribuyentes no conocen los beneficios fiscales de contar con este producto, como la deducción por la realización de aportaciones de hasta 1.500 euros para planes individuales o hasta 10.000 si se trata de un plan de empleo.
  • Aprovechar la retribución flexible. Si nuestra empresa ofrece planes de retribución flexible, es interesante acogernos a los beneficios que se incluyan y que formen parte de nuestra vida diaria, como la guardería, el transporte o la comida, ya que estas cantidades están exentas de IRPF y, por tanto, nuestra base de cotización se reduce.
  • Valorar si presentar la declaración de forma conjunta o individual. La Agencia Tributaria indica que la opción de presentar la renta conjunta solo está disponible para aquellas personas que estén casadas, pero no es obligatorio. En este sentido, hay que valorar la situación personal de cada uno para evaluar si nos es ventajoso o no. Así, nos ayudará a ahorrar si uno de los cónyuges no recibe ingresos o son muy bajos o si uno de ellos ha tenido una pérdida patrimonial.  Otro de los supuestos en el que podemos presentar la declaración conjunta es si se es pareja de hecho y se tienen hijos. Sin embargo, actualmente, ya no influye en gran medida tener hijos o no a la hora de decidir si hacer la declaración conjunta o individual, ya que la deducción es la misma independientemente de nuestro estado civil.

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