Vivir en un local comercial

Vivir en un local comercial

Vivir en un local comercial

El local comercial gana atractivo en el mercado inmobiliario pero no como espacio para instalar un negocio, sino como opción para vivir. La falta de oferta de vivienda en determinadas zonas urbanas, la subida del precio de las casas durante los últimos años –concretamente un 10,7% sólo durante el segundo trimestre de este año, según el Colegio de Registradores– y el aumento del número de locales vacíos por el efecto de la crisis han provocado que los españoles optemos cada vez más por la reforma de un inmueble comercial con el objetivo de convertirlo en residencia.

Una elección que, además, es más rentable. Comprar un local comercial y realizarle las reformas oportunas puede ser hasta un 50% más barato que adquirir una vivienda, según los expertos del sector.

No obstante, si quieres convertir un local comercial en una residencia, debes tener en cuenta varias exigencias urbanísticas, administrativas y legales, entre las que podemos encontrar:

  • El suelo donde se asienta el inmueble debe estar calificado como suelo urbano y, además, debes asegurarte de que el terreno no supera el número máximo de viviendas permitidas.
  • Los estatutos de la comunidad de propietarios deben consentir esta conversión. En caso de que no se especifique en el reglamento, hay que solicitar permiso a la comunidad.
  • La vivienda está sujeta a las disposiciones del Código Técnico de la Edificación (CTE), lo cual implica que el inmueble debe cumplir con los aspectos de habitabilidad, accesibilidad, salubridad, etc. En este sentido, cada municipio y comunidad autónoma tiene estipuladas unas obligaciones.

Por ejemplo, en Madrid se considera vivienda aquella propiedad que cuenta con una superficie útil mayor de 25 m2 si se pretende construir un estudio, una única habitación con funciones de salón-comedor, cocina y baño; y una superficie útil superior a los 38 m2, en el caso de que la estancia cuente con salón-comedor, cocina, dormitorio y aseo. Asimismo, según la normativa de la capital, el local debe tener una longitud de fachada mínima de tres metros, una altura libre de al menos de 2,5 metros, todas las zonas habitables deben tener ventilación e iluminación natural y la cocina tendrá que disponer de salida independiente de humos.

Tras comprobar bien los requisitos (considerando que pueden diferir en función de la localidad), en primer lugar, hay que solicitar un cambio de uso. Para ello, hay que tramitar las licencias correspondientes (de obras y de primera ocupación) y ordenar un informe técnico que dé viabilidad al cambio cumpliendo las exigencias para convertir la superficie comercial en un activo residencial.

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