¿Cómo legitimar la propiedad de una vivienda heredada?
En principio, recibir una vivienda en herencia es un gran regalo. Pero hay que tener claro que ser el heredero no te convierte automáticamente en el propietario. De hecho, si no posees el ahorro necesario para hacer frente a los gastos que conlleva cambiar la propiedad de la casa, este legado puede convertirse en un regalo envenenado. Tanto es así que, por ejemplo, en 2018 hasta 46.679 herencias fueron rechazadas según datos del Consejo General del Notariado. ¿Cuáles son los pasos para adquirir legalmente una vivienda heredada?
- Obtener el certificado de defunción y el de últimas voluntades que emite el Registro General de Actos de Última Voluntad, dónde se expone a quién o quiénes deja el fallecido en herencia su vivienda.
- Formalizar la escritura de aceptación de la herencia. La firma se debe hacer ante notario. Si hay múltiples heredados se determinará el porcentaje que le corresponde a cada uno mientras que si solo hay uno será suficiente con firmar la llamada “instancia de aceptación”.
- Liquidar impuestos. Se debe abonar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en el plazo máximo de los seis meses posteriores al fallecimiento del propietario. Hay que tener en cuenta que, dependiendo de la comunidad autónoma en la que residiese el fallecido, el porcentaje a pagar varía considerablemente. Por otra parte, al ser un bien inmueble, los receptores de la herencia deben hacer frente a la plusvalía municipal, que es el Impuesto que grava el aumento de valor que ha tenido la propiedad desde que se adquirió hasta el momento de recibir la herencia.
- Cambio de titular en el Registro de la Propiedad. Se debe acudir a este organismo con los justificantes de la escritura de aceptación de la herencia y del pago de los impuestos para que el heredero sea reconocido como propietario legítimo de la vivienda.
Debido al desembolso que conlleva modificar la titularidad de una casa heredada, una gran parte de los españoles se decanta por su venta. En este sentido, es importante saber que si pasa más de un año desde que el inmueble se registre a nombre del nuevo propietario, se volverá a generar la obligación de liquidar el impuesto de plusvalía municipal. Por lo tanto, si se está interesado en vender una casa heredada es aconsejable hacerlo dentro del año posterior a la adjudicación de la misma para evitar realizar el mismo pago dos años consecutivos.